DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: Sin lugar, la solicitud presentada en fecha 10-8-17, por la abogada Belkys Delgado, Defensora Privada de José Manuel Torres Cabello, en la apertura del presente juicio oral y público, mediante la cual pretende se decrete el decaimiento de la medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad impuesta en fecha 21-9-2012, en contra del supramencionado acusado, a quien se le sigue juicio por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes en la Modalidad de Distribuidor Menor, previsto en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, y Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal Notifíquese a las partes. Cúmplase.....