DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentes, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, con fundamento en los artículos 64, ultimo aparte, 532, 330 ordinal 6° y 376 todos del Código Orgánico Procesal Penal, se declara:
PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscal primera del Ministerio Público, ABG. GLADYS MIREYA MARTÍNEZ, por los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y ENCUBRIMIENTO EN EL MENCIONADO DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 y 254 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; conjuntamente con las pruebas ofrecidas por ser legales y pertinentes.
SEGUNDO: En APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, CONDENA al Ciudadano ANTONIO DE JESÚS RAMIREZ.....