SE ADMITE TOTALMENTE EL LIBELO ACUSATORIO consignado en fecha 31-8-2015; en contra de los ciudadanos PÉREZ SILVA JUAN GREGORIO, titular de la cédula de identidad N° V-21.292.257 y NAVARRO GÓMEZ KEVIN ALEJANDRO, titular de la cédula de identidad N° V-20.231.998, por considerarlos presuntos autores y responsables de la comisión del delito de TRATOS INHUMANOS O DEGRADANTES, previsto y sancionado en el artículo 21 de la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura, y otros Tratos Crueles Inhumanos y Degradantes, PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 176 del Código Penal Venezolano, ABUSO DE FUNCIONES, previsto y sancionado en el artículo 69 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio del ciudadano: MANUEL SILGADO GUTIERREZ, y los delitos de TRATOS INHUMANOS O DEGRADANTES, previsto y sancionado en el artículo 21 de la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura, y otros Tratos Crueles Inhumanos y Degradantes, y ABUSO DE FUNCIONES, previsto y sa.....