este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio. En consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: CEMAL BANDIC, mayor de edad, extranjero, pasaporte N°004157422 y DELSY DEL CARMEN MONTES, venezolana, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad NºV-6.316.760, el cual contrajeron por ante el Juzgado Primero de Municipio, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 22 de Diciembre del año 2004, según consta del Acta de Matrimonio N° 36, acompañada. Y así se decide.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y cópiese.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los dieciochos (18) días del mes de Diciembre del añ.....