Oída las partes observa al Tribunal que en fecha 26-09-2007, este Tribunal Segundo de Ejecución dicta una decisión declarando sin lugar la solicitud de redención de pena al ciudadano JORGE LUIS MATUTE CORONA, quien efectivamente es uno de los penados en la presente causa, igualmente revisada la causa no se evidencia respuesta a la solicitud de redención por el trabajo y el estudio que hiciera la justa de rehabilitación laboral y educativa de fecha 20-09-2007, al penado SANDY DE LA CRUZ SALAS, revisada la solicitud antes mencionada este Tribunal verificando los recaudos como son constancia de trabajo, emanada del Internado Judicial de esta Ciudad, los cuales señalan que el penado laboraba a la venta de chinchorros, desde el 02-10-2005, hasta el 22-05-2006. Igualmente consta constancia de buena conducta emanada del Internado Judicial de esta ciudad, Acuerda, Redimir la pena por el trabajo y por el estudio a SANDY DE LA CRUZ SALAS, por siete (07) meses y diecisiete (17) días, una vez fi.....