DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos ANA LETICIA ESTRADA DE ESCALONA, JOSE RAMON ESTRADA, NULIS MARIA COBURUCO ESTRADA y FRANCIS ELIZABETH ESTRADA. Venezolanos, mayores de edad, civilmente hábil, titular de la Cedula de Identidad Nros°. V-10.622,340, 10.622.341, 9.875.272 y 9.875.414, de este domicilio; en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Decujus ANA LETICIA ESTRADA MONTOYA, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales al Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 10:31 a.m., del día diecinueve(19) del mes de Junio del Dos Mil quince (2.015). Años 205º de la Independencia y 156º de la federación.-
EL Juez;
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