Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación, ejercida por el abogado PEDRO OMAR SOLORZANO REYES, Inpreabogado N° 79.641, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial, en fecha 31 de enero de 2025 en el Expediente N° 7367 nomenclatura de ese Tribunal.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 31 de enero de 2025 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el Expediente N° 7367 nomenclatura de ese Tribunal.
TERCERO: Por la naturaleza de la presenta decisión y asunto no hay condenatoria en cos.....