TERCERO: Sin lugar el pedimento de la defensa en relación a la medida sustitutiva de libertad por cuanto no ha n variado las condiciones que dieron origen a dicha privación manteniendo la misma. CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 331 Código Orgánico Procesal Penal se ordena la apertura del Juicio Oral y Público al acusado ANIBAL ORLANDO ABANO LOBO, Venezolano, natural de Achaguas, Estado Apure, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.622.894, hijo de Eladia del Carmen Lobo y Anibal Emilio Abano, nacido en fecha 02-09-66, de 38 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en la calle Urdaneta, del Barrio Ruiz Pineda, casa s/n, Achaguas, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL Y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 407 Y 282, ambos del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano GERMAN RAMON ZARATE HIDALGO. Remítase las actuaciones al tribunal correspondiente, una vez transcurridos los lapsos correspond.....