DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SE ACUERDA MANTENER LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada en contra del imputado RICHARD YANEZ SILVA VILLANUEVA, plenamente identificado en el acta, por encontrarse llenos los extremos de los artículos 250 ordinales 1º, 2º y 3º y parte in fine, y el artículo 251 parágrafo primero ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de HOMCIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de JOSÉ ABRAHAM ECHENIQUE.
SEGUNDO: SE DECLARA SIN LUGAR, la solicitud del defensor de Nulidad de la aprehensión del imputado de autos, por las razones de h.....