DECISIÓN.
Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda:
UNICO: Sin Lugar, la solicitud de Medidas Cautelares Sustitutiva de Privación de Libertad, requerida por el Defensor Público ABG. JOHAN GARCIA, a favor del ciudadano CARLOS ALBERTO BELIZ, relacionado con el asunto penal 1C-19507-14, seguida por la presunta comisión de los delitos de Robo de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores y Uso de Facsímil de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley para el Desarme Control de Armas y Municiones, y en consecuencia se mantiene la medida impuesta el 10-1-2014.
Dada firmada y sellada en la sala de audiencias del Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Pe.....