DISPOSITIVA.
Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se decreta la MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del acusado, GUSTAVO ALBERTO CORDERO SANTANA, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº 19.943.455, fecha de nacimiento 30-04-89, de 25 años de edad, residenciado; sector el Mamón, cerca de la Iglesia, Arismendi estado Barinas, hijo de Vilma Santana (v) y de Gustavo Cordero (v), por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en contra de la ciudadana NOHELIA BERMÚDEZ RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- 22.168.613, por considerar que se encuentran llenos y satisfechos los extremos de los artículos, 236,.....