En consecuencia este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: DECRETAR MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA en contra del ciudadano FERNANDO VEGA COMAS, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, Titular de la Cédula de ciudadanía número 77.183.055, de profesión u oficio obrero, natural de San Fernando Bolívar, Departamento de Bolívar, República de Colombia, fecha de nacimiento 03-03-1968, de 37 años de edad, obrero, hijo de Víctor Julio Vega y Rosalía de Vega, residenciado en calle principal entrada de La Palmita, diagonal a Parrilla Sol y Sombra, Coloncito, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de FALSA ATESTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 321 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con el artículo 250 y 251 numeral 4º del Códi.....