DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud de aumento de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana WENDY NATHALY MIRÓ MIERES, Fiscal Sexta del Ministerio Público, a favor del niño VICTOR ANDRES ABREU ZARATE representado legalmente por su madre ciudadana CEOMAGLA YAKIRY ZARATE ACUÑA, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.594.614.-
SEGUNDO: Se AUMENTA con carácter DEFINITIVO como obligación Alimentaria a la suma equivalente al 352% del salario mínimo Urbano actualmente de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 180.000,oo) mensuales, que el ciudadano VICTOR SEGUNDO ABREU LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 8.422.054 y de este domicilio, debe cumplir a favor de su hijo VICTOR ANDRES ABREU ZARATE, mas aportes extras por la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,oo) en los meses de Septiembre y Diciembre para cubrir parte de los gastos ocasionados por el niño que nos ocupa; sumas estas que deben ser depositadas directamente por el accionado en cuenta de.....