este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 383 Literal "B", Declara Terminada la presente causa y se ordena al cierre y remisión al Archivo Judicial en esta ciudad,