Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho GUSTAVO GRANADOS, en su carácter de Defensor Privado del imputado NEPTALÍ RUEDA RUEDA, en la causa Nº 2C-13.127-10 nomenclatura del Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, y signada en esta Superior Instancia bajo el Nº 1Aa-1957-11, contra la decisión de auto dictado por el Tribunal Segundo de Control anteriormente descrito en fecha 17 de Noviembre de 2010 y publicado el 18 de Noviembre de 2010, en la cual declara la aprehensión en flagrancia y privación judicial preventiva de libertad del imputado Neptalí Rueda en perjuicio del ciudadano Fulgencio Alis Guerra Moreno; todo ello por ser la decisión objeto de recurso impugnable y recurrible, tener el recurrente la legitimidad y e.....