DECRETA CON CARÁCTER PROVISORIO una suma mensual equivalente al 62% del salario mínimo urbano de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 200.000,oo) mensuales, a partir del mes de Marzo del presente año, que se le debe descontar de las asignaciones del ciudadano ANIBAL JOSE GUEVARA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.391.673, emanado de la ¿EMPRESA SIDERURGICA DEL ORINOCO (SIDOR) C.A¿, a favor de la niña ROSANNY SARAHY GUEVARA CORREA, más aportes extras del 18,70% en el mes de septiembre y de la Bonificación especial de fin de año, para cubrir parte de los gastos ocasionados por la Beneficiaria de la causa en inicio de actividades escolares y festividades decembrina, sumas estas que deben ser retenidas por el Organismo empleador y depositados en Cuenta de Ahorro que a los efectos se aperturara en el Banco Industrial de Venezuela, en esta misma fecha y posteriormente se le informará dicho número. Y para garantizar el cumplimiento de tal o.....