Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, teniendo como norte el Interes Superior de la Niña, consagrado en el articulo 8 de la Ley Orgánica para la Protección Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines de garantizar los derechos consagrados en los artículos 21, 22 y 23, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 177, literal "L", Páragrafo Segundo, de la mencionada Ley, acuerda: PRIMERO: Tener por reconocido al (se omite identidad de conformidad con lo establecido en el Art. 65 de la LOPNNA) , como hijo del ciudadano Enrique Alberto Portilla, por consiguiente en lugar de llevar los apellidos de la madre, llevará el primer apellido del padre y el primer apellido de la madre, es decir; en lo sucesivo tendrá los a.....