PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho, JACKSON CHOMPRE LAMUÑO, en su condición de Defensor Público del encartado FERNANDO ANTONIO TORRES COHELLO, en la causa Nº 3C-3609-11, en contra del auto dictado por dicho tribunal en fecha 03/06/11.
SEGUNDO: SE ANULA la decisión impugnada dictada en fecha 03-06-2011, quedando en consecuencia en plena vigencia las medidas cautelares dictadas por el a quo mediante fallo fechado 09/05/11, consistentes en fianza de dos persona idóneas y presentaciones periódicas, debiendo permanecer el acusado privado de libertad hasta tanto cumpla con las condiciones impuestas por el tribunal de control. Todo, de conformidad con las previsiones contenidas en los artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal.