Es por todo lo antes analizado, que este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LOS TRIBUNALES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO APURE, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA: ÚNICO: ORDENA LA AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRUEBA POR UN (01) AÑO, que le fuera impuesto al ciudadano, JESÚS RAFAEL BLANCO URRUTIA, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 11.238.702, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el 42, segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: IRIS YARISMA GOMEZ GAMEZ de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.2 del Código Orgánico Procesal Penal, por UN (01) AÑO, debiendo cumplir con la Obligación de: 1.- Prestar Servicios o labores a favor del Estado o Instituciones de beneficio público. 2.- El probacionario deberá presentarse cada t.....