DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Con sustento en los artículos 174, 179 y 180 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la nulidad de la decisión mediante la cual el 11-11-2014 la Juez 3ª de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. MARIA GABRIELA FERRER, dictó, a requerimiento de la Fiscalía 10ª del Ministerio Público con competencia en materia contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercados de Capitales de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, medida cautelar descrita en el numeral 9 del artículo 242 eiusdem, sobre bienes que fueran retenidos por la Guardia Nacional Bolivariana el 14-10-2014, nulidad que se hace extensiva a los pro.....