Vista la solicitud de Oferta Real De Pago y Depósito, y el acta donde se llevó a cabo la misma, suscrita por todos los intervinientes por vía de Jurisdicción Voluntaria, y por las razones expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Terminada La Oferta Real De Pago, realizada entre la oferente, ciudadana Alba Espinoza Colmenares, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.595.144, en su carácter de Procuradora General del estado Apure, y aceptada por la ciudadana oferida Ruth Josefina Álvarez Fuentes, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.591.933, el Tribunal imparte su aprobación dándole el carácter de Cosa Juzgada.