PRIMERO: Sin Lugar la apelación de fecha 26 de enero de 2003, interpuesta por el ciudadano HECTOR JOSE LINAREZ, identificado en autos, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de la causa.
SEGUNDO: Con Lugar la solicitud de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana MARIA FERNANDA PARRA, actuando en nombre y representación de su hija MICHEL ALEJANDRA PARRA, debidamente asistida por el Defensor Público abogado JOSE DEL CARMEN RUIZ, identificados en autos, en contra del ciudadano HECTOR JOSE LINAREZ; igualmente identificado en autos, quién debe cumplir con la Obligación Alimentaria en la suma de Sesenta Mil Bolívares (Bs.60.000,00) mensuales, y con Aportes Extras en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año, por la cantidad de Ciento Veinte Mil Bolívares (Bs. 120.000,00) en la forma que se establece en la parte motiva de esta sentencia.
TERCERO: Confirmada la sentencia de fecha 12 de Noviembre de 2003, dictada por el Tribunal A-quo, por la cual decl.....