este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: LUIS ANTONIO MORILLO RAMOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y portador de la Cèdula de Identidad Nº 8.192.584, sobre unas bienhechurias que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuados por ante este tribunal, conformadas por UNA CASA DE HABITACION DE DIEZ METROS DE ANCHO POR 12 DE LARGO, construida con paredes de bloques frisadas y pintadas, techo de Zinc, sobre vigas de hierro, pisos de cemento pulido, puertas y ventanas de hierro, con las siguientes divisiones internas: Dos (02) habitaciones, Un (1) baño afuera y un tanque de 8.....