III
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la causa instruida en contra del ciudadano: JULIO GUSTAVO RODRÍGUEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.398.312; por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Sobre la violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana: MARIA DESIDERIA SALINAS MEJÍAS; de conformidad con lo establecido en los artículos 48 Ordinal 8º, 318 numeral 3º y 319 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia cesa toda medida de coerción dictada en contra del imputado. ASÍ SE DECIDE. Notifíquese a las partes. Remítase la causa como concluida al Archivo Judicial en su oportunidad legal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRES.....