En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la Medida Cautelar Innominada, solicitada por la ciudadana Morelia Luzmila Cisnero Martínez, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.903.065, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio Exis H. Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 134.247, contra Resoluciones Administrativas Nos: CM/DC/30/04/2009/001 y CM/DC/13/05/2009/001, dictadas por el ciudadano Contralor del Municipio Achaguas del Estado Apure, en fechas 30 de abril de 2009 y 13 de mayo del año 2009, mediante las cuales se RESUELVE: 1° "Se remueve y/o retira el personal que labora en las distintas dependencias de la Contraloría Municipal (...)" y 2°..."Retirar del servicio a la ciu.....