DISPOSITIVA
Finalmente y por cuanto de estas actuaciones sólo aparece como Únicos y Universales Herederos los ciudadanos Milvia Ysabel Pérez Silva, Asdrúbal Jacinto Pérez Silva, Nelly Josefina Pérez de Arriaga, Carlos José Pérez Silva, Mirtha del Carmen Pérez Silva y Arelis Maria Pérez Silva, titulares de las cédulas de Identidad Nros. 10.617.863, 5.361.302, 5.361.303, 8.158.889, 8.158.888 y 12.581.189 en su condición de hijos y su madre ciudadana Gladys Victoria Silva de Pérez (cónyuge), titular de la cédula de Identidad Nº 1.835.080, ampliamente identificado en autos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos Milvia Ysabel Pérez Silva, Asdrúbal Jacinto Pérez Silva, Nelly Josefina Pérez de Arriaga, Carlos José Pérez Silva, Mirtha del Car.....