DECRETA CON CARÁCTER PROVISORIO una suma mensual equivalente al 20% del salario mínimo urbano de CIENTO CINCUENTA (150) BOLIVARES FUERTES mensuales, a partir del presente mes y año en curso, que se le debe descontar de las asignaciones del ciudadano WILFREDO ANTONIO ABANO FARFAN, a favor de la niña (se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente), más aportes extras del 22,52% del bono vacacional cuando el padre lo perciba y de la Bonificación especial de fin de año, para cubrir parte de los gastos ocasionados por la Beneficiaria de la causa en inicio de actividades escolares y festividades decembrina, sumas estas que deben ser retenidas por ese Organismo empleador y depositada en el Banco Banfoandes, la cual se acuerda Aperturar en esta misma fecha. Igualmente se Decreto el 50% de medicinas cuanto sea requerido y Medida Ejecutiva sobre el monto de las Prestaciones Sociales que puedan corres.....