Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, así mismo. Declara SIN LUGAR, la solicitud de TITULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana CARMEN JASMIN ARABAGO, titular de la cedula de identidad N° 10.620.360, por falta de consignación del instrumento Fundamental según lo antes expuesto.
No hay condenatoria en costas por la índole del fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en Elorza, a los veintitrés (23) días del mes de Enero de 2012. AÑOS: 201° Y 152°.-
El Juez,(Fdo)
Abog. Hernán Baena Serrano
El Secretario (Fdo)
Abog. Pedro Briceño
En la misma fecha siendo la.....