ÚNICO: Declara la inadmisibilidad sobrevenida de la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 29-12-2014, por los abogados César Elías Lara Rodríguez y Duglas Argenis Vargas García, Defensores Privados del ciudadano ADRIÁN JOSUE ZAPATA GARRIDO, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.512.230, condenado a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, como autor en la comisión de los delitos de asalto a taxista, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 357 de Código Penal y porte ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme, Control de Armas y Municiones, en contra de la decisión de la abogada María Gabriela Ferrer, Jueza Tercera de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de no permitirles juramentarse oportunamente como Defensores Privados del penado antes nombrado, por lo que se han vulnerado los derechos.....