Conforme a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Apure y Amazonas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE por la materia de conformidad con las sentencias emanadas de la Sala Constitucional, de fecha 14 de agosto del año 2008, en el expediente Nro 08-273, y la Sala de Casación Civil, Exp. Nro. 2009-000155, de fecha 8 de octubre de 2009, criterios vinculantes y que esta Juzgadora acoge.
SEGUNDO: SE DECLARA INCOMPETENTE al Juzgado Primero de Primera instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Apure, de conformidad con las sentencias emanadas de la Sala Constitucional, de fecha 14 de agosto del año 2008, en el expediente Nro. 08-273, y la Sala de Casación Civil, Exp. Nro. 2009-000155, de fecha 8 de octubre de 2009, criterios vinculantes para esta jurisdicción agraria.
TERCERO: COMPETENTE para conocer y decid.....