Finalmente, esta juzgadora considera: Que de acuerdo a las actuaciones realizadas y de las copias de las Cédulas de Identidad, Acta de Nacimiento y Acta de Defunción acompañas a las solicitud, sólo aparece como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la De cujus: CARMEN AULALIA REQUENA, sus hijos, ciudadanos: ANTONIO CIRILO BUROZ REQUENA, LUCINDA BURO DE GAIZAUKAS, IGNACIO RAFAEL REQUENA, JOSE YSABEL BUROZ REQUENA, JULIO RAFAEL REQUENA, CARMELITA YULEISI REQUENA, LUZ AMALIA REQUENA, ESTEFANA DEL CARMEN REQUENA, PIO RAMON BUROZ REQUENA y nieto NICOLAS ISRRAEL BUROZ BELLO, hijo de NICOLAS RAMON BUROZ REQUENA (Difunto), cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA: Bastante y Suficientemente las.....