DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 2C 2.384-03, seguida en contra de ANTONIO JOSE BERROTERAN BENITEZ, venezolano, de 30 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.767.567 y residenciado en la calle Caujarito, detrás de la Unidad Educativa Agustín Codazzi, de esta ciudad; por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 418 del Código Penal venezolano vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de JOSE RAFAEL ACOSTA TOVAR, conforme a lo establecido en el Artículo 318 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, por haber operado la prescripción, en conformidad con lo establecido en los artículos 48 numeral 8ª del Código Orgánico P.....