PRIMERO: Con lugar lo peticionado por el Ministerio Público, y por la Defensa Publica, en el sentido de decretar la Extinción de la acción a favor del ciudadano JOSE JAVIER SOSA, titular de la cedula de identidad N° 12.312.091, conforme a lo establecido en el articulo 48.8 del Código Orgánico Procesal Penal, y como consecuencia de ello se decretada el Sobreseimiento de la causa, conforme a lo señalado en el articulo 318 ordinal 3° del adjetivo penal, todo ello en virtud que se ve superado con creces el lapso para la prescripción especial, en virtud e haber trascurrido desde el 23-08-2003, a la fecha ocho (08) años, un (01) meses. SEGUNDO: Se acuerda oficiar al Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL) a los fines de que procedan a la exclusión de pantalla del ciudadano JOSE JAVIER SOSA, titular de la cedula de identidad N° 12.312.091. TERCERO: Se acuerda remitir el presente asunto en su oportunidad legal a la sede del Archivo judicial Penal. Ofíciese lo conducente. Quedan not.....