HOMOLOGA el acuerdo planteado entre los ciudadanos: ADOLFO SIBILIANO PADILLA y LUISANA ELIZABETH TOVAR JAIME, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-11.754.551 y V-17.395.123, de conformidad con lo establecido en los Artículos 315 y 358 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente.-