En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1.- Competente para conocer, en primer grado de jurisdicción, la presente causa;
2.- Admite el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial de Nulidad de Acto Administrativo de Efectos Particulares Conjuntamente con solicitud de Acción de Amparo Cautelar interpuesto por el ciudadano Samuel Isaias Marquez Arana, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.688.624, debidamente asistido por la abogada en ejercicio Victelia Mavel Rodriguez de Maldonado, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.539.950 e Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 109.744, contra la Gobernación del Estado Apure (Comandancia General de la Policia).
3.- Procedente la solicitud de Amparo Cautelar, y .....