este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y suficientemente la presente actuación a favor de la ciudadana ADRIANA LUCIA TANG venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.235.456, de este domicilio; en consecuencia, ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA ÚNICA, de la De cujus MARIA MERCEDES TANG ARCIA, quien era venezolana, mayor de edad, , titular de la cedula de identidad Nº 951.666, fallecido ab–intestato en fecha, cinco (05) de Junio del año Dos Mil veintiuno (2021),, en la ciudad de San Fernando, Jurisdicción del Municipio San Fernando del Estado Apure, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la Solicitante.