Con base a las consideraciones precedentemente expuestas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a decidir en los siguientes términos:
UNICO: Declara no ha lugar por perdida de interés procesal, la pretensión interpuesta el 5-8-2015 por la Abg. Olgamar Fernández, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano Alejo Rada Cruz, contra la decisión mediante la cual el 31-7-2015, la Jueza 1ª de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. María Angélica Castillo Silva, decretó medida de privación judicial privativa de libertad contra el referido imputado, por la presunta comisión del delito de Actos Lascivos, previsto y sancionado en el primer aparte del artíc.....