DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: COMO EN FLAGRANCIA la aprehensión policial de que fue objeto el ciudadano DANIEL RAFAEL TAPIA SEGOVIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.680.794, la madrugada del día 22 de mayo del año en curso en el punto de control fijo (Alcabala El Nazareno), ubicada en la Carretera Nacional Achaguas San Fernando específicamente frente a la Estación de Servicio Camilia, por parte de funcionarios adscritos a la Segunda Compañía, Destacamento N° 68, Comando Regional N° 6 de la Guardia Nacional; todo ello de conformidad a lo previsto en el encabezamiento del articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Proseguir la fase preparatoria y la secuela del proceso en la presente causa, por el procedimiento .....