D I S P O S I T I V A
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Se ABSUELVE, al ciudadano ROMANO FELIPE SPECA CAVANERIO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.590.645, natural de San Rafael de Atamaica, Municipio San Fernando del estado Apure, nacido el 21-03-1956, casado, de 59 años de edad, Dirección: Barrio Nueve De Diciembre, Callejón Caracas, Casa S/N, San Fernando Estado Apure. Profesión: Profesor Educación Integral. Hijo de: Victoria Urrutia (v) y Félix Santiago Rojas (F); de la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte de la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una.....