PRIMERO: Incompetencia para conocer de la acción intentada por el ciudadano JULIO JOSE MATA GOMEZ, asistido de abogado, por cobro de Prestaciones Sociales, contra la Alcaldía del Municipio Autónomo San Fernando, Estado Apure. En consecuencia se declina la competencia en el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Agrario y Contencioso Administrativo de la Región Sur, con sede en ésta ciudad, y de ésta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Nulidad de auto por el cual el Tribunal A-quo ordenó remitir a este Tribunal las copias certificadas a que hace referencia en su oficio N° 0990/146, de fecha 06 de mayo del 2.003.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.