DECISIÓN EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA
Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente acción y en consecuencia, se ordena la INSERCIÓN DE PRUEBA SUPLETORIA DE PARTIDA DE NACIMIENTO, a favor de la ciudadana: ALTUNA PINTO CARMEN OFELIA; venezolana, mayor de edad, Civilmente hábil, nacida el día 16 de Mayo de 1.956, en la Población de Elorza, Municipio Rómulo Gallegos del Estado Apure, siendo hija legítima de los ciudadanos VICTOR ALTUNA (Difunto) y MARIA PINTO DE ALTUNA.
Una vez firme la presente decisión se acuerda expedir Copia Certificada de la misma y remitirse a la Prefectura del Municipio Rómulo Gallegos del Estado Apure, a fin de que ordene la inserción de dicho acto en los Libros de Registro Civil de Nacimientos respectivos.
Publíquese, regístrese y dejase copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de.....