DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA, impuesta al penado JUSTO AMADO ORDOÑEZ, antes identificado de conformidad con lo establecido en el articulo 112 ordinal 1° y tercer aparte del Código Penal en concordancia con el articulo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse evidentemente prescrita. Y ASI SE DECIDE. Dialícese, Publíquese, Notifíquese, déjese copia, Firme el presente pronunciamiento remítase al Archivo Judicial. Ofíciese. Cúmplase.
JUEZ PRIMERO DE EJECUCION.
DRA. YULI BALI ARVELO.