Es por todo lo antes expuesto y analizado que este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EL ABANDONO DE LA ACUSACIÓN PRIVADA que intentó LUIS ALBERTO MACUALO, venezolano mayor de edad titular de la cédula de identidad No. V-8.184.950; domiciliado en la Av. Los Corrales Casa S/N. Guasdualito Estado Apure, en contra de JAIRO DANIEL COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.196.488; domiciliado en el sector Orichuna, a cien metros del asadero, casa S/N, Guasdualito, Estado Apure, PEDRO JOSÉ URIBE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.681.933; domiciliado en Av. Márquez del Pumar con carrera Arismendi, casa S/N, a cincuenta metros de la antigua sede del Cuerpo de Bomberos, Guasdualito, Estado Apure, RAMIRO ALBERTO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.186.042; domiciliado en el sector Orichuna, fre.....