Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó anular el auto mediante el cual se fijó la audiencia preliminar, y DECLARA la nulidad absoluta de la acusación fiscal, sólo en lo que respecta al ciudadano GUSTAVO GAVIER RONDÓN GALLARDO, quedando vigente para el resto de los acusados, y de todos los actos subsiguientes a su presentación, quedando incólumes las actuaciones correspondientes a la fase preparatoria del presente proceso, a la cual deberá retrotraerse, de conformidad con lo establecido en los artículos 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho JOSÉ ÁNGEL HURTADO, en su condición de Defensor del ciudadano GUSTAVO GAVIER RONDÓN GALLAR.....