DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial penal del Estadio Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO SE ADMITE LA QUERELLA intentada el ciudadano JULIO CESAR CASTILLO BETANCOURT, venezolano, de 38 años de edad, de estado civil casado, de profesión abogado, inscrito en el Inpre Abogado bajo el N°. 65.036, titular de la cedula de identidad personal Nº 9.873.817, y con domicilio procesal en la Av. Caracas, Urb. Serafín Cedeño N° 89, Piso 1, Oficina N° 4, San Fernando de Apure Estado Apure; en contra del ciudadano JOSÉ ISAIAS ROA ROJAS, venezolano, de 41 años de edad, de estado civil casado, de profesión abogado y Militar activo de la Fuerza Aérea Venezolana con rango de Mayor, titular de la cedula de identidad Nº 6.303.210, y domiciliado en la Avenida Caracas, al final de la avenida Revolución, primer piso, donde funciona Agromonzón San Ferna.....