este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta en Contrato de Arrendamiento expedida por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio San Fernando del estado Apure de fecha 06 de junio del año 2.013; constante de TRESCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTÍMETROS (312,80 M2), ubicado en "EL BARRIO LAS MARIAS SECTOR II", Municipio San Fernando del estado Apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: CALLE AVELINA DUARTE, EN (9,20 Mts); SUR: CALLE CIEGA, EN (9,20 Mts); ESTE: FAMILIA GONZÁLEZ, EN (34,00 Mts); y OESTE: FAMILIA TORO, EN (34,00 Mts); las cuales han construido con dinero de su propio peculio, a s.....