III.-DISPOSITIVA
Este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Muñoz (Mantecal) De La Circunscripción Judicial Del Estado Apure, En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, Declara: "PARCIALMENTE CON LUGAR" AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN: a favor de la niña: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente), hija de los ciudadanos NELLYS ANDREINA TOVAR JIMENEZ Y RICARDO JOSE MARTINEZ; en consecuencia el obligado deberá cumplir de la siguiente manera:
PRIMERO: Aportar La Cantidad mensual de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000,00), por concepto de AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. Para los gastos de alimentación. Descontado de su salario mensual.- Así se declara.-
SEGUNDO: Aportar adicionalmente la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (30.000,00 BS) como Bono Escolar: en el mes de Agosto, para la compra de los uniformes, út.....