DISPOSITIVA
Por las razones de Ley antes expuestas, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: La AMPLIACION DEL PLAZO DE REGIMEN DE PRUEBA DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, POR UN (01) AÑO MAS, seguida al ciudadano: WILLIAMS ANTONIO TORRES PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-8.947.658, Natural del Estado Bolívar, de 45 años de edad, F/N: 16-07-1965, de profesión u oficio Chofer de Camión, residenciado en la Urbanización José Antonio Páez, Calle Nº 02, casa S/N Puerto Páez Estado Apure. Hijo de ANA JACINTA PEREZ (V) y CRISANTO ANTONIO PEREZ (V); de acuerdo a lo establecido en el Ordinal 2° del Artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndoles las siguientes condiciones: : 1. Presentaciones periódicas cada 3 meses por ante el Circuito Judicial Penal del Estado Apu.....