DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por los ciudadanos: MARI SOL GARCIA DE BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.760.925 con domicilio en la Calle Caujarito de esta ciudad de San Fernando de Apure, representada por el Abogado ANDRES OCTAVIO GARCIA, en su carácter de Apoderada Judicial, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.256.152, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 113.398, con domicilio procesal en el Centro Comercial Oasis, Calle Páez, local Nº 2, de esta ciudad de San Fernando de Apure, contra de la ciudadana: IRIS ALIDA SOLORZANO ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula.....