este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, en los Términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 en concordancia 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del adolescente.
SEGUNDO: SE FIJA en la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) MENSUALES, a partir del 16-03-2011, por Obligación de Manutención, que los ciudadanos: CASTILLO MIGUEL ANGEL y KASANDRA NAIBETH RONDON ARMADA, deben cumplir a favor de su hijo, de la manera convenida en el acta de conciliación, el padre la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (BS.300,OO) y la Madre la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) los demás gastos de calzado, Uniformes , útiles escolares serán compartidos por ambos padres.
TECERO: Las partes en el pres.....